18 octubre, 2024

Trabajadores tendrán 3 horas para votar en elecciones del 26 y 27 de octubre; malls y strip centers cerrarán el domingo

La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que otorga autonomía a los trabajadores para elegir el día de sufragio y establece el feriado irrenunciable para el sector comercio el 27 de octubre.

Este martes 15 de octubre, la Dirección del Trabajo (DT) dio a conocer las normas laborales que regirán durante las elecciones municipales y regionales que se celebrarán el 26 y 27 de octubre de 2024. El dictamen N°656/24 establece que los trabajadores dispondrán de tres horas para sufragar o excusarse, sin perjuicio en sus remuneraciones, y fija el feriado obligatorio e irrenunciable para aquellos que laboran en malls y strip centers el domingo 27.

Derecho a votar: autonomía en la elección del día

El dictamen permite que los trabajadores que trabajen el sábado 26 y descansen el domingo 27 puedan elegir el día para ejercer su derecho a votar. No estarán obligados a sufragar en un día específico, sino que podrán hacerlo cualquiera de los dos días del proceso electoral. Además, quienes sean designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados electorales tendrán los permisos correspondientes para cumplir esas funciones sin detrimento en sus salarios.

Feriado irrenunciable para malls y centros comerciales

El domingo 27 de octubre será un feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio que laboren en malls, strip centers o centros comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Sin embargo, supermercados y locales comerciales fuera de estas condiciones podrán operar normalmente, y sus trabajadores también tendrán tres horas para acudir a votar.

Sanciones para los empleadores que no respeten los permisos

La DT fiscalizará el cumplimiento de las normativas durante los días de votación. Se aplicarán multas en caso de incumplimientos:

  • No otorgar feriado obligatorio: Multas entre 30 y 150 UTM (entre $1.996.830 y $9.984.150).
  • No otorgar permiso a vocales de mesa o delegados electorales: Multas entre 3 y 60 UTM (entre $199.683 y $3.993.660).
  • No otorgar permiso de 3 horas para votar: Multas entre 3 y 60 UTM.

Las denuncias se podrán realizar el domingo 27 de octubre a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) (600 450 4000) entre las 09:00 y las 15:00 horas, o en el sitio web de la DT.

Calendario y descanso especial para trabajadores

El dictamen también establece que el descanso obligatorio del domingo 27 comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 26 y se extenderá hasta las 06:00 horas del lunes 28. No obstante, aquellos trabajadores que cumplan turnos rotativos podrían laborar en los periodos inmediatamente anteriores o posteriores al feriado, según corresponda.

Normas para trabajadores del comercio

El dictamen recuerda que los trabajadores de establecimientos no incluidos en la categoría de malls y strip centers deberán trabajar normalmente el domingo 27. Sin embargo, estos también tienen derecho al permiso de tres horas para ejercer su derecho a voto sin descuentos salariales.

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